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PUBLIC N°24. DIVULGATION ARTICLE. JUL 2025. JAVI JAMES´PORTFOLIO. ALL RIGHTS RESERVED. IUS NATURALIS.
La siguiente exposición es solo eso. Puede darse a entender que intento comunicar un modelo aplicable para una comunidad, pero no es mi pretensión, en tanto, las comunidades serán verdaderas comunidades solo cuando reconozcamos la divinidad en la individualidad, porque así resonaremos con lo único en común, y con lo único que nos une a todos... el amor. Por otro lado, la magnificencia de este planeta y la perversión de su juego nos desafía a amar por sobre todas las cosas, como ley primera. Tabla esmeralda, filosofía hermética.
El derecho consuetudinario es aquella norma no escrita que se cumple por uso y costumbre. Por ejemplo, una comunidad que tiene la costumbre de quemar las hojas en determinado mes del año, porque generacionalmente se ha hecho de esa forma, quedando como un acuerdo implícito, y fuera de esa fecha sería desacato a los tradicionalistas. Eventualmente, ese derecho consuetudinario puede escribirse y pasar al denominado derecho positivo. Este último, es el sistema de normas y reglas escritas por el humano para ordenar la conducta de sí mismo. Dicho de otra forma, uno escribe lo que otro debe hacer, y si alguien no adhiere a ese modelo se lo reprime, ya que sería visto como minoría, interpretando que no tiene voz y que adhiere al sistema por asunción tácita. Una clara injusticia, que paradójicamente deberá doblegar aquel disminuido. Bajo estas circunstancias, el derecho a una alternativa independiente se gana, ya que el juego en este mundo responde a una agenda algorítmica, fáctica y táctica. Siempre habrá una especie de dictadura, pero en contextos más o menos agresivos, más o menos engañosos.
Tanto el derecho consuetudinario como el positivo deberían ser conformes al derecho natural, el cual trasciende la voluntad humana, hacia los principios universales que rigen el mentalismo de la consciencia y su dualidad, como sagrada ciencia. En simples palabras, esto quiere decir que ante todo está el discernimiento, el sentido común y la autonomía. Pero claro, si el individuo carece aún de autonomía y de la consciencia suficiente como para declararse soberano y sin rencores, no se podrá justificar su posición de ius naturalis, es decir, no podrá actuar desde jurisdicción natural, porque no comprende ni acepta la ambigüedad del juego, y al no dar el ejemplo, continuará enredado en la ficción del derecho positivo.
La suposición de un estatus jurídico que omite, distorsiona, o pretende estar por encima de la ley natural, no es más que eso, y el hecho de insistir viola estos principios universales mencionados, generando injusticia. Ningún sistema debería pretender o perpetuar tal estatus, más el individuo debería estratégicamente cesar de alimentarlo, pues no se le debe dar valor a lo que no es justo, cuestión de discernimiento.
En virtud a lo expuesto, queda claro que estos principios no se condicen con lo proyectado por la ficción jurídica. Y como ya evidenció la acción oppt presentada en Washington DC durante 2012, las corporaciones disfrazadas de naciones son estructuras respaldadas con medidas de fuerza, por lo tanto, actúan de facto.
El tan debatido concepto de autonomía de la voluntad, es para el derecho positivo un principio fundamental, pero al mismo tiempo, es absorbido por el orden normativo de esta estructura ¿incoherente no?
Nótese que el ius naturalismo y el ius positivismo suelen enfrentarse en un marco filosófico, y hasta idealista, pero lejos ha estado de un enfoque epistemológico con base neurocientífica. Este marco filosófico, no científico, representa una objeción en sí misma, puesto que los conceptos nacen del pensamiento, y el pensamiento nace de una expresión condicionada por la función mental. Entonces, previo a crear debates y cuestionar expresiones, debería estudiarse y tenerse muy en cuenta la dinámica de la consciencia humana como un factor condicionado de expresión, y recién allí trazar un paralelismo, con el objeto de ejecutar un sistema de derecho que refleje y respete el sistema biológico humano, es decir, la libertad individual como producto de la capacidad neurofuncional, que algunos sabrán utilizar mejor que otros.
Siendo más específicos y haciendo ese justo paralelismo con el organismo humano, la autonomía neuromotora se logra cuando lo autónomo pondera por sobre lo automático, entendiendo a la autonomía, como a la capacidad de dominar las respuestas impulsivas, y a la automaticidad, como a un parámetro que sostiene al sistema nervioso alterado, donde las respuestas impulsivas son condicionadas por una matriz preestablecida. El campo neuronal y la condición genética serían la matriz, pero si hay autonomía neuromotora, esas estructuras serán conforme a esta autonomía, dinámica funcional conocida como plasticidad homeostática, por lo tanto, la automaticidad respondería al sistema humano en prelación. Ergo, no es lo mismo un humano autónomo, que en un humano en automático. Hablamos de ciencia y lógica.
En extrapolación al ámbito legal, la matriz sería el marco normativo, pero si hay discernimiento, también hay autonomía de la voluntad con efecto de derecho propio (sui iuris), y el marco normativo será el que disponga el autónomo, no la matriz jurídica preestablecida. En otras palabras, es claro que la ficción jurídica administrada por el derecho positivo tiene como objeto el orden público, pero, teniendo en cuenta el sentido de prelación natural expuesto, y, entendiendo que el factor esencial del colectivo es el individuo, queda en evidencia que el orden público se balancea entre dos directrices, el individuo autónomo y el automático. Aquel individuo que no logra discernir es controlado por la matriz normativa, en tanto, aquel que dispone de discernimiento o juicio justo, no es alcanzado por la automaticidad jurídica del derecho positivo, sino que vive en jurisdicción natural y con autonomía de la voluntad, reconociéndose como un ser soberano y libre, sin necesidad de ser aprobado por algo externo. Al mismo tiempo, al ser autónomo, respeta la matriz y no confronta, interactúa con ella, ganándose el derecho a no ser molestado. Si bien este individuo experimenta un estado divergente en sí mismo, no causa desorden, pero sí doblega las eventuales medidas injustas de fines implícitos o engañosos, que injurian a él o a sus pares.
Cualquier idea o pensamiento se crea a través de impulsos eléctricos, y dicha actividad respeta circuitos establecidos en función de una red neuronal determinada. Lo que quiero decir con esto, es que es irrisorio que con objeto de orden, el humano deba responder a textos escritos por otro humano, asumiendo que ese otro no es capaz de utilizar sus funciones mentales correctamente. Es prácticamente un insulto, de hecho, violento y fraudulento, porque al generalizar, se reprime no solo al incapaz, si no también al que goza de sus capacidades. No obstante, es claro que el juego para que sea buen juego, debe ser ese, pero al mismo tiempo, un buen jugador para que sea buen jugador, debe ser un soberano autodeterminado. La paradoja divina.
Todo orden es justo, y el juicio justo solo lo señala aquel que puede discernir. El esquema de igualdades abstractas y divergencias concretas respeta la ciencia de la autonomía neuromotora expuesta en el tema de marras. Y cito, como terapeuta y estudioso de los modelos neurofuncionales de la consciencia, entiendo que toda exposición literaria entorno al orden jurídico debería contemplar la neurociencia, de lo contrario, se estaría omitiendo el principio de las cosas, porque se está ignorando la lógica de los estados de la consciencia y su función mental, expresada en procesos neurofuncionales claramente demostrables en estos tiempos. Año 2025 del calendario gregoriano.
El ser libre que no usa la fuerza para confrontar no es porque no la tenga, sino porque su autonomía le permite administrarla pertinentemente.
Las normas del derecho positivo no pueden pretender un alcance mayor al de su jurisdicción. En vista de ello, y entendiendo que toda la cadena de procesos informativos de este portal transcurre en jurisdicción natural —ius naturalis—, queda claro que de ninguna forma es inherente la intervención de la ficción jurídica antes mencionada —no al deminutio capitis—.
La divulgación y la profesión que se puede apreciar a través de esta ventana virtual, promueve el ius naturalismo con base científica neurofuncional, no filosófica, invitando a todo individuo a asumir responsabilidad y derecho propio, bajo un principio de autonomía de la voluntad y honorabilidad. Es menester comprender que Libertad —del alemán Liebe— significa Amor, y el actuar bajo esta ecuación, evoca honor, respeto y soberanía. Nadie bajo esta determinación puede ser violentado o increpado, menos aún, sometido por conceptos de índole taxativa. Si hay autonomía, hay soberanía y libertad, y si hay libertad, hay responsabilidad. De manera que, si no eres responsable, este no es tu lugar.
Por lo tanto, la interpretación y utilización de la información expuesta en esta website es exclusiva responsabilidad del consumidor, dado que se presume cuenta con discernimiento y voluntad propia. Entiéndase como un tácito consentimiento informado.
Esto es un descargo escrito en consciencia original, sin intervención digital. Quien suscribe y se expresa en tercera persona, responde en este espacio tiempo al sonido de Javi James, con referencia natal literal en código binario 0100010100001 y forma física de humano masculino.
Ya en primera persona, declaro ser titular de este portal web, como así también único beneficiario y disponente de la ficción jurídica que se me ha creado. En plena autonomía de la voluntad, y cruzando la ficción del derecho positivo sin rechazarlo, aunque ratificando mi no adhesión a esos modelos, ya que al ser soberano y utilizar el discernimiento, soy libre e ilimitadamente responsable, y nadie más puede determinar mi condición, existiendo únicamente el respeto recíproco y honorable entre humanos, debiendo lo no humano, mantenerse al margen.
Mi juego sucede en todo momento de tiempo espacio en jurisdicción natural, y en plena gratitud. Hago ciencia procediendo con respeto y sin confrontación, reconociendo el derecho natural a no ser molestado, y contemplando inclusive la simulación. Otro sí digo, sin desconocimiento de la situación de hecho respecto a los gobiernos embargados por el oppt 1776 washington dc file 2000043135 doc 2012096074 09/10/2012 doc 2012114776 10/24/2012. Sin refutar.
Debido a mi profesión, conozco la matriz del juego onírico y su sistema de configuración remota, también su orden de agenda encargada de dificultar los procesos para el despertar, confundiendo el orden de lo justo. No protesto por ello, solo juego mi juego, sobre escribiendo destino modo Neo, el antivirus más peligroso —Loco aquel que no sabe lo que dice—. Vale aclarar que, el prejuicio reduccionista denota ignorancia, siendo claro que la ciencia primera es endógena, y solo una pequeña parte de ella puede ser validada por terceros —de forma exógena—.
El intento de violar mi integridad, o libertad natural, en cualquiera de mis formas, con o sin medida de fuerza, será ilegítima, y por lo tanto, todo actor que intervenga en esta transgresión no solo podrá ser juzgado en esta partida bajo derecho positivo, sino que podrá ser llevado ante una corte de Common Law. Pero, por sobre todo, y conforme a mi entrenamiento y estudios, entiendo que su algoritmo de karma será inmediato por fuerza natural. Abraj dabar.
En honor y amor eterno. Sin perjuicio. La información de esta website es genuina y se reserva los derechos. No utilizo el sistema a mi conveniencia o de forma altanera, sino que dispongo de él estratégicamente, porque para eso está hecho. Descargo con investidura de Dharani, máxima de amor. Game Over para aquel que insinúe negociar libertad.
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